Qué puede pasar con la derogación de la Ley de Alquileres

Dentro del paquete de medias que presentará el presidente Javier Milei y que se concretará con un DNU, está la derogación de la ley de alquileres, algo que preocupa a unas 8 millones de personas que pagan todos los meses por la vivienda que ocupan.

Ahora bien, por lo general si el decreto deroga la ley, esto no tiene efecto retroactivo, a menos que se especifique expresamente. Es decir, los cambios no afectarán a los contratos que ya están en curso y que son por tres años y actualización semestral. Algo similar ocurrió cuando se sancionó la Ley de Alquileres en 2020, la cual estableció un plazo de tres años y ajustes anuales a través del Índice de Contratos de Locación supervisado por el Banco Central.

Los inquilinos que seguirán bajo la normativa aprobada en 2020 (fue cambiada en octubre de este año) pagarán en enero una actualización del 137,5%. De esta forma, aquel que por ejemplo abona un canon mensual de $100.000, en enero de 2024 pasará y durante doce meses un alquiler de $237.500. 

Sin embargo, el DNU daría marcha atrás con la ley y llevaría incertidumbre a las familias que alquilan. De hecho, en Buenos Aires y grandes ciudades hay pocas propiedades den alquiler y muchos propietarios buscan contratos en dólares, por fuera de la normativa. Otros, en tanto, ya aplican actualizaciones trimestrales o, incluso, mensuales.  

Según Inquilinos Agrupados, la derogación de la ley de alquileres implicaría:

Plazos: eliminar los 3 años de contratos; y volver a los clásicos 2 años de duración.

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Dolarización: la moneda en la que se pactarán los contratos surgirá de un acuerdo entre las partes.

Ajuste del precio: se podrá actualizar por índice de inflación, dólar, nafta, o el que acuerden las partes intervinientes.

Garantía: se puede pedir cualquiera y se universaliza el seguro de caución.

Depósito: se mantiene el concepto de dos meses de depósito al ingresar a la propiedad.

Expensas: los inquilinos deberán pagar ordinarias y extraordinarias. En general, las extraordinarias que tienen que ver con arreglos edilicios, pintura u otras cuestiones que afecta al bien común, eran pagadas por los propietarios.

Domicilio electrónico: ya no habrá posibilidad de establecer un mail de contacto entre inquilinos y propietarios. (DIB)

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